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Estas son las nuevas multas que te pondrán si no llevas la mascarilla obligatoria este verano

Estas son las nuevas multas que te pondrán si no llevas la mascarilla obligatoria este verano

El Gobierno aprobará este martes un Real Decreto para regular el uso obligatorio de mascarillas, también cuando concluya el estado de alarma. Las multas serán de 100 euros.

Con la nueva normalidad, el uso de la mascarilla también será obligatorio en España. Al menos, hasta que exista una vacuna eficaz o un tratamiento seguro contra el coronavirus. Así lo contemplará el Gobierno a través de un nuevo Real Decreto que se aprobará presumiblemente este próximo martes 9 de junio, ya que la obligatoriedad hasta ahora venía regulada por órdenes ministeriales publicadas en el BOE y solo vigentes durante el estado de alarma.

Esta nueva regulación implicará que la mascarilla seguirá siendo obligatoria para la mayoría de la población en muchas actividades de su vida diaria. El texto inicial del borrador, al que ha tenido acceso ya la agencia EFE, contempla que desde que finalice el estado de alarma el uso de mascarillas será obligatorio “para personas de 6 años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento” de una distancia física de seguridad de entre un metro y medio y dos metros”.

En los viajes en coche, y como venía ocurriendo hasta ahora, el uso de mascarillas será obligatorio siempre en los transportes públicos (aéreos, marítimos, autobús o ferrocarril) y en los privados complementarios de viajeros, mientras que en los privados particulares en vehículos de hasta 9 plazas, incluido el conductor, cuando no todos los ocupantes convivan juntos en el mismo domicilio.

Las mascarillas seguirán siendo obligatorias cuando los ocupantes de un coche no convivan juntos

Por su parte, también es obligatoria la mascarilla en vehículos con una sola fila de asientos, como cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, en los que viaje más de un ocupante, siempre que no convivan en el mismo domicilio. También en motocicletas, ciclomotores y vehículos de categoría L, en general, cuando viajen dos ocupantes: o llevan casco integral o mascarilla cuando tampoco convivan juntos.

MULTAS DE 100 € Y QUIENES ESTÁN EXENTOS

Las sanciones que asimismo registrará ya el Gobierno directamente en el nuevo Real Decreto que se apruebe sobre el uso de mascarillas, contemplan durante esta nueva normalidad tras el estado de alarma multas de hasta 100 euros.

Del uso obligatorio de mascarillas obligatorio, según indicará el texto que se apruebe, solo estarán exentas aquellas personas con alguna enfermedad o dificultad respiratoria que pudiera agravarse por el empleo de este sistema de protección, así como las personas que tengan alguna discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitársela o hagan inviable su utilización.

En el caso de transportes en buques o embarcaciones, el Real Decreto también contemplará como exención que no será obligatorio el uso de mascarillas si las personas se encuentran dentro de su camarote.

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